El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió este miércoles 17 de junio de 2026 atraer un amparo para analizar si es constitucional la prohibición absoluta de la eutanasia y el suicidio asistido, “imponiendo como única forma jurídicamente válida de morir la denominada muerte natural”.
Ambos son prohibidos por la Ley General de Salud, el Código Penal Federal y diversas normativas de la capital mexicana.
Mujer con cáncer abre debate de eutanasia
Se abrió el debate por una mujer que padece de cáncer de mama por segunda ocasión quien planteó el problema a la Corte.
Oportunidad de "fijar un criterio novedoso"
La reasunción de competencia, promovida por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, y el ministro Irving Espinosa, se da tras el amparo indirecto 147/2026 promovido por una tanatóloga que ha sido diagnosticada en dos ocasiones con cáncer de mama y que actualmente está recibiendo tratamiento médico.
El Pleno aseguró que este reclamo de inconstitucionalidad es una oportunidad de “fijar un criterio novedoso” en torno a este asunto en personas con enfermedades terminales, así como los cuidados paliativos que reciben en dicha etapa del padecimiento.
También coincidieron en que el debate estará sobre si es constitucional que el orden jurídico sanitario y penal sancione a las personas que exigen el respeto a su autonomía para decidir “cómo y cuándo concluir su ciclo de vida” y que, por ende, el Estado mexicano ofrezca como única vía de solución la muerte natural.
Asimismo, el ministro Arístides Guerrero recordó que este paso ya lo han dado naciones como Países Bajos, Bélgica, Canadá y Suiza, e incluso Colombia, que se convirtió en el primer país de América Latina en despenalizar la eutanasia en 1997, así como el suicidio médicamente asistido en 2022.
Incluso apuntó que Alemania e Italia han emitido resoluciones que permiten el suicidio asistido en ciertos casos.
En México, activistas como Samara Martínez y organizaciones como Derecho a Morir con Dignidad (DMD) han luchado durante años por legislar el derecho a una muerte digna.
En ese contexto, la decisión del pleno abre una oportunidad histórica para replantear las prohibiciones establecidas en el artículo 166 Bis 21 de la Ley General de Salud sobre el denominado “homicidio por piedad” y el “suicidio asistido”.
Ministra María Estela Ríos emitió voto en contra
Además, la discusión sobre este tema gana cada vez más terreno en la sociedad mexicana, ya que de acuerdo con la Segunda Encuesta de la Investigación en Salud y Demografía (INSAD), siete de cada diez mexicanos respaldan la posibilidad de adelantar la muerte cuando una persona sufre un dolor tan intenso que le impide llevar una vida digna.
Con un voto en contra, el de la ministra María Estela Ríos, el asunto será turnado a uno de los integrantes del pleno para la elaboración del proyecto de resolución correspondiente.
Con información de Jessica Murillo
HVI