¿Puedes Pedir la Pensión Hombres Bienestar? Uno a Uno, Requisitos en 2026 para Apoyo de $18,000
Conoce cuáles son los requisitos que pidieron para asegurar la Pensión Hombres Bienestar de hasta 18 mill pesos.

Conoce cuáles son los requisitos que pidieron para asegurar la Pensión Hombres Bienestar de hasta 18 mill pesos.

La Pensión Hombres Bienestar se ha vuelto una de las más solicitadas por ser dispersada entre un grupo social que no cuenta con un programa social a nivel federal. Por ello, si tú quieres aprovechar este apoyo de hasta 18 mil pesos, te decimos, uno a uno, cuáles son los requisitos y quiénes pueden solicitar el pago.
Previamente, te hemos dado a conocer que el gobierno de la Ciudad de México dio a conocer que en las próximas semanas habrá un nuevo registro, luego de que se realizara la entrega de trajetas para los nuevos beneficiarios.

Este apoyo económico está enfocado en adultos de 60 a 64 años que residen en la Ciudad de México. Su objetivo es contribuir al cumplimiento progresivo del derecho a un mínimo vital para asegurar una vida digna, así como disminuir los riesgos de estar en condición de vulnerabilidad asociados con la edad y la etapa de transición que implica dejar de pertenecer a la población económicamente activa.
Los requisitos para que una persona pueda acceder al programa son:
Ser residente de la Ciudad de México.
Tener al momento de la inscripción al programa de 60 a 64 años, dando preferencia al subgrupo de 63 y 64 años, y tener interés en recibir el apoyo que otorga el programa social “Pensión Hombres Bienestar de 60 a 64 años” para el ejercicio fiscal 2026.
Para realizar el registro de las personas beneficiarias a este programa social, se solicitará la siguiente documentación:
Identificación con fotografía: Credencial para votar, IMSS, ISSSTE o INAPAM, cédula profesional, cartilla militar, licencia de conducir o cualquier otro documento expedido por autoridad competente.
Comprobante de domicilio vigente: recibo telefónico, predial, agua, luz, gas, contrato de arrendamiento, o constancia de residencia expedida por la Alcaldía que corresponda (en los casos donde la situación irregular del predio haga a este documento la única forma de comprobación), cuya fecha de expedición no deberá ser mayor a tres meses a la fecha de su inscripción, en caso de no ser visible en la identificación oficial.
Acta de nacimiento, solo en caso de que la fecha de nacimiento no sea visible en la identificación oficial o no se cuente con la identificación en los términos del inciso a).
Clave única del registro de población, CURP (solo en caso de no ser visible en la identificación oficial). Este documento no se solicitará en caso de que se presente acta de nacimiento por falta de identificación.
Llenar debidamente solicitud de ingreso al programa, que será proporcionada por las áreas operativas de la Dirección Ejecutiva para Adultos “B”.